Ante la necesidad de cambios en los instructivos normativos tanto en la producción como en la calidad de la leche, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento (Mapa), estableció nuevos lineamientos para garantizar buenas prácticas y un estándar de calidad de la leche en el contexto agropecuario.
As novas Instruções Normativas 76 e 77, publicadas em 30 de novembro de 2018 e vigoradas em maio de 2019, revogaram as antigas instruções normativas 51/2002, 22/2009, 62/2011, 07/2016 e 31/2018. As IN 76 e 77 têm como objetivo fixar novas regras para instruir profissionais envolvidos na produção, transporte e armazenamento de laticínios, sobre as boas práticas neste nicho, mas também sobre a melhoria no padrão de qualidade do leite.
Pero, ¿qué dicen las instrucciones normativas vigentes? Para resolver las dudas de los profesionales de la cadena de producción de leche, en este artículo separamos algunos datos sobre las normativas vigentes IN 76 e IN 77, ¡así que sigue leyendo y mantente informado!
Los principales objetivos de las Instrucciones Normativas vigentes (76 y 77) están relacionados con las buenas prácticas, pero también con la calidad de la leche durante su producción.
El IN 76, tiene como objetivo tratar aspectos relacionados con los Reglamentos Técnicos que establecen la identidad así como las características de calidad que deben presentar la leche cruda refrigerada, la leche pasteurizada y la leche pasteurizada tipo A. 1} establece criterios y procedimientos para la producción , envasado, conservación, transporte, selección y recepción de leche cruda en establecimientos registrados en los servicios de inspección fiscal.
Algunos conceptos involucrados en la normativa 77 están relacionados con buenas prácticas agrícolas, conteo estándar de placas, granja lechera, leche tipo A, Red Brasileña de Laboratorios de Control de Calidad de Leche - RBQL, tanque de expansión directa, tanque comunitario, entre otros.
Aclaremos más lo que trae esta normativa, pero también lo que establece para los profesionales de la cadena productiva de la leche. ¡Sigue leyendo!
Para que la cadena productiva sea más competitiva y eficiente, la leche producida en el país debe seguir unos parámetros mínimos de calidad. Así, en general, estos IN muestran la importancia de la salud del hato lechero y los programas de autocontrol (PAC) que mantienen los establecimientos. A continuación, veremos con más detalle los principales puntos abordados en IN 76 y 77:
Comenzando con la etapa productiva, el primer punto está relacionado con la definición detallada de los programas de autocontrol (PAC). Lo que antes debían cobrar los inspectores del servicio de inspección, ahora se regula con un enfoque más claro. Es decir, IN 77 enumera cada punto que abordarán los programas de autocontrol lechero.
Según ella, la PAC debe atender el estado de salud del rebaño, además de planes de calificación de proveedores de leche, programas de selección y capacitación de transportistas, sistemas de registro de transportistas y productores, incluyendo la georreferenciación, además de describir todo el acopio. , procedimientos de transferencia y limpieza de tanques isotérmicos, camiones, mangueras y otros utilizados en el acopio y transporte de leche a la lechería.
No campo, a sanidade do rebanho leiteiro deve ter um acompanhamento por um médico-veterinário, que deve realizar o controle sistemático de parasitoses, bem como o controle sistemático de mastites e o controle de brucelose (Brucella abortus) e tuberculose (Mycobacterium bovis), respeitando normas e procedimentos estabelecidos no Regulamento Técnico do Programa Nacional de Controle e Erradicação da Brucelose e Tuberculose Animal. Ou seja, este plano deve contemplar a assistência técnica e gerencial, bem como a capacitação de todos os seus fornecedores, com foco na gestão da propriedade e implementação das boas práticas agropecuárias. Além disso, as indústrias devem manter, como parte de seu programa de autocontrole, um plano de qualificação de fornecedores de leite.
Em relação ao armazenamento de leite na propriedade, a normativa estabelece que o leite deve ser coado antes de ir ao resfriador. Nesta etapa, a IN 77 se alinha ao novo RIISPOA, estabelecendo que o leite deve ser filtrado antes de ir para o resfriador.
IN 77 permite solo dos tipos de sistemas: enfriadores de expansión directa y/o enfriadores de placas. También establece que la temperatura máxima de enfriamiento debe ser de 4,0°C y la leche debe salir del lugar de producción al depósito comunitario, si lo hubiere, en bidones con identificación del productor, quedando prohibida la recepción de leche previamente refrigerada. Los sistemas de refrigeración deben estar dimensionados para alcanzar 4oC en hasta 3h.
También en línea con el nuevo RIISPOA, la trazabilidad de la leche se establece durante la recolección mediante un carro tanque isotérmico. Se debe tomar una muestra de leche de cada tanque de refrigeración individual o de uso comunitario, previo a la captura, identificarla y conservarla hasta su recepción en el establecimiento.
El tiempo transcurrido entre colectas de leche en fincas rústicas no debe exceder 48hrs. Además, se sigue permitiendo el transporte de leche en latas a temperatura ambiente siempre que se entregue al establecimiento de transformación dentro de las dos horas siguientes a la finalización de cada ordeño.
En cuanto al transporte a granel, la adición de 3o C es válida hasta la recepción del producto lácteo, donde la temperatura máxima deberá ser de 7o C. Solo en casos excepcionales, la temperatura a la recepción podrá ser como máximo de 9la c
Esta condición permite una mayor flexibilidad en casos de desastres naturales, obstrucción de caminos o cualquier otra situación que escapa a la vida cotidiana. También se permite entregar leche sin refrigerar siempre que se haga dentro de las 2h posteriores al ordeño.
Se ha reducido la temperatura de la leche cruda refrigerada a la recepción por parte del establecimiento, y ahora no debe superar los 7,0°C, aceptándose, excepcionalmente, la recepción hasta los 9,0 °C. Esta flexibilidad es importante en casos de obstrucción de vías por desastres naturales o huelgas, por ejemplo.
El establecimiento deberá realizar el control diario de la leche cruda refrigerada en cada compartimiento del tanque del vehículo de transporte, analizando:
I – temperatura (excepto para las latas entregadas sin refrigeración);
II – prueba de alcohol/alizarol en concentración mínima de 72% v/v;
III – acidez titulable (0,14 a 0,18 g de ácido láctico/100ml);
IV – índice crioscópico (entre -0,530°H y -0,555°H);
V – densidad relativa a 15°C (1,028 a 1,034 g/cm3 para leche entera);
VI – contenido de grasa (mínimo de 3% para leche entera);
VII - contenido de sólidos totales y contenido de sólidos no grasos;
VIII - presencia de neutralizadores de ácidos;
IX - presencia de reconstituyentes de densidad o de índice crioscópico;
X – y presencia de sustancias conservadoras.
Além disso, deverá ser realizada a análise de resíduos de antibióticos: a cada recebimento será feita a análise de no mínimo dois grupos de antimicrobianos, e em frequência determinada pelo programa de autocontrole do estabelecimento, realizar-se-á a análise do leite para todos os grupos de antimicrobianos para os quais existam métodos de triagem.
Aún en relación a las pruebas de laboratorio, el capítulo VIII de la IN 77 trata sobre el análisis de la leche por la Red Brasileña de Laboratorios de Control de Calidad de la Leche - RBQL, determinando que los siguientes parámetros sean analizados mensualmente:
I – contenido de grasa;
II - contenido total de proteína;
III - contenido de lactosa anhidra;
IV - contenido de sólidos no grasos;
V - contenido de sólidos totales;
VI - conteo de células somáticas;
VII – conteo estándar de placas;
VIII - residuos de productos para uso veterinario;
IX - y las demás que se determinen en norma complementaria.
Así, de acuerdo con la nueva legislación, entre los parámetros fisicoquímicos, solo ha cambiado el índice crioscópico, y ahora está en línea con el nuevo RIISPOA, que puede variar de -0,530°H a -0,555°H.
Los conteos microbiológicos sufrieron algunos cambios relacionados con sus parámetros, según IN 76:
Anteriormente, los análisis se restringían a los coliformes, sin embargo, la presencia de este grupo de microorganismos (enterobacterias) permite evaluar la inocuidad y la calidad higiénica, además del estado de deterioro de los alimentos, por lo que es más integral.
En definitiva, la clasificación de la leche pasteurizada según su porcentaje de grasa seguirá siendo la misma. sin embargo, con una actualización importante: siempre que exista estandarización, el porcentaje de grasa debe indicarse en el panel principal de la etiqueta, al lado de la denominación de venta y resaltado. Esta condición brindará mayor transparencia al consumidor, permitiéndole conocer el porcentaje exacto de grasa que aporta el producto. Para más detalles, acceda a los IN completos:
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento (Mapa) difundió un cuadernillo que pretende aclarar las principales dudas sobre la calidad de la leche. Fue elaborado con 28 preguntas y respuestas relacionadas con las instrucciones normativas n° 76 y 77/2018. Entre las principales dudas, destacaremos algunas, y si está interesado en leer el folleto completo, ¡le proporcionaremos el enlace para acceder al final de este tema!
No, no es necesario un contrato indefinido. El veterinario puede brindar asistencia ocasional y ser contratado por la propiedad rural, por el establecimiento industrial, por una asociación de productores o por agencias de extensión rural.
El servicio de inspección, previa verificación del documento oficial, comprobará que el Plan incluye todos los elementos previstos en el artículo 8. Pero también se formuló de acuerdo con los elementos de buenas prácticas agrícolas establecidos en el artículo 9.
Además, la División de Producción y Desarrollo Agropecuario de la Superintendencia Federal de Agricultura - SFA (DPDAG-SFA) donde se ubica el establecimiento, analizará y monitoreará la ejecución de los planes de calificación de los proveedores de leche a través de auditorías in situ. Los detalles de los procedimientos internos entre la SIF y la DPDAG se regularán en un documento complementario.
No. Como la muestra del tanque comunitario que se enviará a la Red Brasileña de Calidad de Leche es única, solo el propietario del tanque debe registrarse en el SIGSIF. Los demás productores que utilicen el tanque deben estar incluidos en el programa de recolección a granel del establecimiento.
Sí, con la excepción del análisis del índice criogénico. De acuerdo con el artículo 35 del INº 77/2018, se pueden utilizar métodos no validados siempre que el establecimiento tenga registros de la correlación entre el método utilizado y el método oficial. Incluyendo su desviación, su incertidumbre de medida, sus correlaciones y correcciones en relación con el método oficial. Estos registros pueden ser determinados por el establecimiento, pero también pueden estar disponibles por los proveedores de kits, reactivos y equipos.
Esses são apenas alguns dos esclarecimentos acerca das principais dúvidas que podem surgir ao longo do processo de adaptação à nova legislação. Caso você tenha outras dúvidas, pode conferir a cartilha na íntegra aqui! Além disso, precisando de um esclarecimento mais detalhado, você pode entrar em contato com um dos nossos consultores!
Como pudo ver en este artículo, las instrucciones normativas 76 y 77 trajeron muchas mejoras a todas las etapas de la cadena de producción de leche. Es decir, desde la producción hasta los criterios de calidad final de la leche pasteurizada.
Estas normas son muy importantes porque colocan a los productos lácteos brasileños en una mejor posición competitiva en el mercado nacional e internacional, proporcionando un aumento en la renta del productor rural y también de la industria.
Se é seu desejo se adaptar o quanto antes à legislação vigente, saiba que a
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